El objeto de la presente disposición es aprobar los criterios para determinar la intensidad de protección de cada uno de los servicios previstos en el catálogo de servicios a que se refiere el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y la compatibilidad e incompatibilidad entre los mismos, así como la cuantía de las prestaciones económicas. Así mismo, se regulan los supuestos de desplazamientos entre las Comunidades Autónomas.
Medio de publicación :
BOE núm. 138, de fecha, Sábado 9 junio 2007, página 25257