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13 años de cárcel para los dos hombres que violaron salvajemente a una mujer en una cabaña de Cieza

Cieza.es | 28 de noviembre de 2023 a las 11:53

Los dos individuos, de 26 y 23 años, que fueron capturados admiten en el juicio lo que hicieron y consiguen así una rebaja de las penas. Falta un tercer violador que nunca fue identificado ni detenido.

Los dos individuos, de 26 y 23 años, que fueron capturados en verano de 2022 por violar a una mujer en Cieza admitieron en el juicio lo que hicieron, con lo cual logran una rebaja de las penas. La salvaje agresión se produjo en agosto del año pasado y en la misma participó un tercer hombre que nunca fue identificado ni detenido. Los dos que sí lo hicieron, ambos originarios de Marruecos y en situación irregular en España, ya están en el penal. En la vista oral, reconocieron sus delitos. Su condena: 13 años de cárcel.

Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, el día de la violación la mujer estaba sentada en un banco cuando los tres "la rodearon, la cogieron de los brazos y le taparon la boca, arrastrándola hasta una cabaña abandonada, lugar donde la desnudaron de manera violenta y, mientras uno de ellos la sujetaba de los brazos, el otro la penetraba vaginalmente, mientras la golpeaba en la cara y cuerpo y la cogía fuertemente del cuello, y así sucesivamente". La dejaron ahí tirada, desnuda, y le robaron el móvil.

Los dos hombres fueron detenidos al día siguiente (uno de ellos aún tenía en su poder el teléfono de la víctima) y, del Juzgado de Guardia, los mandaron a prisión provisional, sin fianza.

Al llegar a un acuerdo, las penas quedan pactadas. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia condena a cada uno de los violadores a siete años de prisión por la agresión sexual y a cuatro más por cooperación necesaria para que el otro violador cometa su delito. Por robar el móvil, dos años más. En total, 13 años entre rejas. Asimismo, deben indemnizar con 50.350 euros a la mujer, a la que no podrán acercarse ni comunicarse con ella por medio alguno.

Expulsión tras nueve años

Cuando pasen nueve años mínimo en la cárcel en España, podrán ser expulsados del país. En concreto, detalla la resolución, las penas "serán de cumplimiento efectivo en España, hasta llegarse a un periodo de cumplimiento (incluyendo en este periodo que se dirá el tiempo que ambos condenados llevan privados cautelarmente de libertad por esta causa, que se les habrá de computar en sus liquidaciones de condena) efectivo de nueve años de prisión, fecha a partir de la cual, para ambos condenados, el restante periodo de privación de libertad (y el resto de las penas y medidas de seguridad impuestas que sean incompatibles con su falta de presencia en España, salvo que su expulsión a su país de origen se acredite como imposible, o que los mismos quebranten la prohibición de acceso a territorio nacional español que se referirá a continuación) se sustituirá por su expulsión del territorio nacional español, con prohibición de acceso a territorio nacional español por plazo de diez años desde que se materialicen esas expulsiones".

La sentencia es declarada firme porque todas las partes manifestaron que no la iban a recurrir.