Son órganos unipersonales. Al Ayuntamiento de Cieza corresponden un máximo de 7 Tenientes de Alcalde. Son nombrados y separados por el Alcalde de entre los Concejales. Tienen las atribuciones que les confiere la normativa vigente, así como las que les transfiera el propio Alcalde por delegación. La obligatoriedad de su existencia está recogida en el artículo 20 de la LRBRL.